
Con el Real Decreto 1913/1997, que regula los títulos deportivos, se marcaron los primeros contenidos generales:
- Inclusión de las enseñanzas de técnicos deportivos en el ámbito de las enseñanzas de régimen general
- Otorgar a los nuevos títulos valor académico y profesional
- Estructurar y organizar´las enseñanzas mínimas
- Requisitos de titulación del profesorado
- Condiciones generales y criterios para la homologación, convalidación y equivalencia de los certificados y diplomas existentes.
Ratio de alumnos-aula de un máximo de 35, además de las condiciones higiénicas, acústicas, de habitabilidad y de seguridad de acuerdo con la legislación vigente.
Sobre el profesorado, además de contar con el Certificado de Capacitación Pedagógica, debe poseer la siguiente titulación:
Bloque común y complementario: licenciados, ingenieros o titulaciones que se declaren equivalentes.
Bloque específico y formación práctica: licenciados, ingenieros con la especialidad concordante con los contenidos de los correspondientes módulos y Técnico Deportivo Superior en la correspondiente modalidad.
Con el tema de las homologaciones, convalidaciones y equivalencia a los efectos profesionales, siguen sin estar las cosas muy claras:
Homologación: supone el reconocimiento de la equivalencia entre los estudios anteriores cursados y las nuevas enseñanzas. La homologación otorga la misma validez que el título que se homologa.
Convalidación: supone el reconocimiento de la equivalencia entre los estudios anteriores cursados y determinados bloques o módulos del currículo de las nuevas enseñanzas.
Equivalencia a los efectos profesionales: supone el reconocimiento de igualdad para el acceso a empleos públicos y privados, entre los estudios anteriores cursados y las nuevas enseñanzas, excluyendo los efectos académicos y la competencia docente.
Para cada modalidad y especialidad deportiva, el Ministerio de Educación otorgará las convalidaciones que proceda a quienes acrediten las siguientes enseñanzas oficiales:
- Técnico Superior en Animación de Actividades Físicas y Deportivas y Técnico en Conducción de Actividades Físico-deportivas en el medio natural
- Maestro, especialidad en Educación Física
- Licenciado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte
- Estudios realizados en Centros Docentes Militares

Las enseñanzas que no conduzcan a la obtención de un título oficial, no podrán utilizar ninguna de las denominaciones establecidas para los certificados, niveles, grados o títulos oficiales.
Deberán además en la propaganda que emitan, destacar una referencia clara al carácter no oficial de los estudios que se imparten.
Los diplomas o certificados emitidos por las Federaciones Deportivas, mantendrán los efectos en el ámbito deportivo.
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